ESTUDIO DE ARQUITECTURA

 ACTUACIONES PARA LA OCUPACIÓN DE EDIFICIO

 

  • Entrega de llaves y documentación
  • Altas, permisos y autorizaciones
  • Comprobaciones
  • Ocupación efectiva de la vivienda
  • Puesta en marcha de la comunidad

  

La adquisición de una vivienda y el cumplimiento, por el comprador, de su parte en el contrato, exige al vendedor –promotor, si hablamos de primera transmisión– cumplir con su obligación de entregar el bien inmueble objeto de la transacción, en las mismas condiciones de calidad y construcción ofertadas.

 

ENTREGA DE LLAVES

 

La entrega de llaves es un acto formal en que el promotor hace entrega, al comprador de una vivienda, de las llaves que le permitan la ocupación de la misma.

Debe dejarse constancia documental de este acto.

Junto con las llaves, o en algún momento anterior a este acto, el promotor también entregará al comprador la documentación que permita al usuario la efectiva ocupación de la vivienda y que le posibilite cumplir sus obligaciones sobre el uso, mantenimiento y conservación. Los documentos que debe recibir el comprador están regulados por la normativa en vigor.

 

Debe dejarse constancia documental de la entrega de llaves.

 

  

Vamos a enumerar aquí esos documentos, advirtiendo que todos ellos deben estar en manos del usuario antes de iniciar la ocupación efectiva de la vivienda y del edificio.

 

Al propietario de cada vivienda

•             Plano de emplazamiento de la vivienda con el conjunto de datos que permita su identificación dentro del edificio o grupo de viviendas a que pertenezca.

•             Planos de la vivienda y sus anejos, si los tuviera, con el trazado de sus instalaciones.

•             Cédula de la calificación definitiva, si se trata de Vivienda de Protección Oficial VPO.

•             Licencia de primera ocupación.

•             Boletín de la instalación de agua potable.

•             Boletín de la instalación de energía eléctrica.

•             Certificado de la instalación de gas, cuando el edificio esté dotado de esta instalación.

•             Autorización para la puesta en funcionamiento de instalaciones térmicas (climatización, calefacción y agua caliente) necesaria cuando la potencia térmica de la instalación individual supere los 5 kw.

 

Para actuación en caso de emergencia:

•             Descripción de las medidas de seguridad contra incendios con que cuente el inmueble.

•             Instrucciones sobre evacuación del inmueble.

 

Junto con estos documentos, también debe recibir el usuario:

•             Relación de compañías suministradoras con los datos suficientes sobre ellas que permitan al usuario establecer contacto para la contratación del servicio.

 

•             Relación identificativa de agentes intervinientes en la promoción, proyecto, dirección y ejecución de la obra.

 

Por otro lado, está previsto que el promotor le traslade y el usuario reciba:

•             Garantías, facilitadas por los fabricantes o suministradores, sobre aparatos, máquinas y equipos de que está dotada la vivienda.

•             Garantías y seguros que viniesen obligados por las estipulaciones contractuales.

 

Y para terminar:

•             Instrucciones para el uso, mantenimiento y conservación, integradas por:

–             Un Manual General (el mismo que tiene ahora en sus manos).

–             Las instrucciones particulares, donde se recojan aspectos concretos (elementos constructivos o instalaciones) de su vivienda que no han sido tratados en el anterior y que, por sus especiales características, hagan necesario o conveniente formular recomendaciones para el uso, mantenimiento y conservación. Con inclusión de las instrucciones relativas a máquinas, equipos y apa- ratos, en su caso, instalados en la vivienda.

•             Copia de la póliza de seguro contra incendios vigente en el momento de la entrega de la vivienda, si tiene hipoteca.

 

Al representante de la comunidad de propietarios

•             Proyecto del edificio con inclusión, en su caso, de las modificaciones aprobadas.

•             Relación identificativa de los agentes intervenientes en la promoción, proyecto, dirección y ejecución de la obra.

•             Resultados de los controles de calidad realizados durante la ejecución de la obra (Libro de Control de Calidad).

•             Copia de la escritura de División Horizontal y Declaración de Obra Nueva.

•             Copia del Acta de Recepción de la obra.

•             Copia del Certificado final de obra.

•             Licencia de ocupación.

•             Modelos de estatutos y de reglamento de régimen interno por los que podría regirse la comunidad de propietarios.

•             Boletín para contratar el suministro de agua potable del edificio.

•             Boletín para contratar el suministro de electricidad del edificio.

•             Copia del certificado de la instalación de acometida enterrada de gas.

•             Certificado de instalación de telecomunicaciones.

•             Boletín de instalación de telecomunicaciones.

•             Autorización de puesta en servicio de la instalación del ascensor y copia del contrato de conservación o bien justificación documental de que el instalador del aparato ha presentado en la Delegación Provincial de Industria correspondiente, el expediente técnico, la declaración de conformidad y las actas de ensayos relacionados con el control final.

•             Certificado de la empresa que haya realizado la instalación de protección contra incendios.

Este certificado no se necesita para instalaciones que contengan exclusivamente extintores.

•             Autorización para la puesta en funcionamiento de las instalaciones térmicas del edificio (climatización, calefacción y agua caliente). Esta autorización sólo se necesita para instalaciones con potencia térmica superior a 5 kw.

•             Copia del justificante de haber efectuado el pago de los derechos de conexión a la red pública de vertidos.

Solamente, cuando el edificio esté situado en un término muni- cipal que tenga establecida esta tasa.

 •            Relación de compañías suministradoras de los servicios con que esté dotado el edificio.

•             Copia de la póliza de seguro para garantizar, durante diez años, el resarcimiento de los daños materiales causados por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometen directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

La prima deberá estar pagada en el momento de recepción de la obra.

•             Copia de la póliza de seguro contra incendios.

•             Garantías, facilitadas por los fabricantes o suministradores, sobre los aparatos, máquinas y equipos de que esté dotado el edificio.

•             Instrucciones para el uso, mantenimiento y conservación, de la misma forma que dejamos ya explicado para el propietario de una vivienda.

 

Una vez recibida la documentación del edificio terminado y de la obra ejecutada, por el representante de la comunidad de propietarios y la documentación de la vivienda ejecutada, por el propietario de ésta, ambos están obligados a usar y mantener el edificio y las vi- viendas de acuerdo con las instrucciones recibidas. Es conveniente, también, ir incorporando a la documentación proporcionada la que se vaya produciendo durante el periodo de vida útil y conservar y transmitir, en caso de venta, el Libro del Edificio y la documentación de la vivienda a los sucesivos adquirentes.

Respecto del alcance y contenido del Libro del Edificio y de la documentación de la vivienda, se recomienda leer la parte 6 de este Manual.

ALTAS, PERMISOS Y AUTORIZACIONES

 

Una vez adquirido el dominio de la vivienda, se le recomienda que proceda a realizar con la mayor brevedad posible las siguientes actuaciones:

¬ Contratación de servicios (agua, electricidad, etc.).

¬ Comprobación del estado real de la vivienda y sus espacios anejos.

 

Como existe una considerable variedad de compañías suministradoras, el propietario de una vivienda puede encontrarse con muy distintas condiciones y exigencias por parte de aquellas. Sin embargo, lo más frecuente es que al efectuar la contratación para el suministro de su vivienda de agua, electricidad, gas o teléfono, sea necesario presentar la siguiente documentación:

¬ Escritura, contrato de compraventa o de arrendamiento.

¬ Licencia de primera ocupación.

¬ Boletín de enganche o certificado de la instalación.

¬ D.N.I. del contratante.

 

En relación con estas contrataciones, consideramos de interés hacer las siguientes advertencias:

 

Gas

Si su decisión fuera disponer en su vivienda de una instalación de gas butano suministrado en bombonas, debe saber que sólo un instalador autorizado puede realizarla. Después, dicho instalador emitirá un certificado que le permitirá a usted hacer la contratación con un distribuidor oficial.

 

Electricidad

La contratación de este suministro tiene que ser suficiente para cubrir las necesidades de la vivienda, pero no puede rebasar el máximo de potencia previsto en el Boletín de la instalación.

 

El usuario podrá contratar por una potencia menor a la máxima establecida para su instalación pero, en este caso, la compañía suministradora puede obligar a la instalación de un «limitador de potencia».

En el recibo que después le pasará la compañía suministradora hay un concepto por el que el usuario deberá pagar una cantidad fija con independencia del consumo: se trata de la potencia contratada. Es por esto que debe ajustarse el valor de dicho término para evitar gas- tos innecesarios.

En general se aconseja contratar por la suma que alcancen los apara- tos de mayor potencia y utilización simultánea redondeando al alza sobre el consumo estimado.

 

¬ Por ejemplo:

Si durante el invierno podemos tener 3 radiadores de 1.500 wa- tios simultáneamente enchufados a la red, son: 4,5 kw.

Para alumbrado y pequeños aparatos como TV, aspiradora etc.: 2,0 kw. En total el consumo asciende a 6,5 kw.

¬ Otra fórmula puede ser:

Sumar la potencia de todos los aparatos que se piensa instalar,y aplicar a la suma un coeficiente de simultaneidad del 75%.

 

 

En todo caso, antes de suscribir la póliza o contrato con la compañía suministradora, asesórese a través de un instalador electricista autorizado, la propia compañía o profesional competente, para elegir la tarifa y potencia más conveniente para su tipo de instalación y consumo que usted realice. Existen multitud de contratos y tarifas que le pueden re- sultar beneficiosas, según sus necesidades. La tarifa nocturna supone un ahorro considerable.

También debe saber que las empresas distribuidoras están obligadas, siempre que lo solicite el abonado, a efectuar el suministro de energía de forma que permita el funcionamiento de cualquier receptor mono- fásico de hasta 3 kw de potencia a la tensión de 220 voltios.

 

Agua potable

Este suministro está generalmente encomendado a empresas munici- palizadas o entidades públicas similares. Y muy poco, (o nada) podrá hacer el usuario para variar una coma de las normas de contratación que tengan establecidas.

Advertencia: en algunos casos, la factura por consumo de agua se in- crementa en un porcentaje por el concepto de recogida de basuras y vertidos a la red de alcantarillado.

 

 

En algunos casos, la factura por consumo de agua se incrementa en un porcentaje por el concepto de recogida de basuras y vertidos a la red de alcantarillado.

COMPROBACIONES

 

Tanto las viviendas como el edificio en su conjunto, habrán sido comprobados previamente a la Recepción de la obra, por el promotor y la dirección técnica de la misma. No obstante, es posible que existan pequeñas deficiencias.

Por eso, incluso antes de tener en funcionamiento todos los servicios de su vivienda, debe proceder a la revisión in situ del estado en que realmente se encuentra. Se trata de hacer una serie de comprobaciones (que no necesitan conocimientos técnicos) del funcionamiento y de la situación aparente de los distintos elementos que componen el conjunto de la vivienda y sus espacios anejos. Acaso pueda así detectar algunos detalles defectuosos o anomalías de funcionamiento que deben ser reparados.

A veces el promotor, de forma unilateral, establece un plazo de varios días para efectuar las comprobaciones y, en su caso, reclamaciones relativas a las deficiencias reseñadas.

Es conveniente que la formulación de las observaciones pertinentes se efectúe a la mayor brevedad, ya que , de lo contrario, las posibles deficiencias detectadas podrían imputarse a un hipotético uso inadecuado de elementos e instalaciones. Todo ello sin menoscabo de los derechos que legalmente asistan al usuario para reclamar las subsanaciones oportunas en los plazos establecidos (a tal efecto, consultar el aparta do «Normativa aplicable» del Anexo 1 de este Manual).

 

A continuación ofrecemos una lista de posibles defectos:

•             Falta de algún elemento (o parte de él) de cuantos forman el con- junto de las dotaciones que tiene la vivienda. A modo de ejemplo:

–             Grifos o alguna parte de ellos.

–             Mecanismos de electricidad; tapas de las cajas.

–             Manivelas de las puertas, embellecedores.

–             Rejillas de ventilación.

•             Roturas, deterioros o manchas en algunos elementos como:

–             Puertas, ventanas, persianas y cristales.

–             Aparatos sanitarios y griferías.

–             Paredes, suelos, techos.

–             Pinturas en general.

•             Defectuoso accionamiento de elementos móviles:

–             Puertas, ventanas y persianas.

–             Grifos, llaves de paso y válvulas.

Tras disponer de los suministros de los servicios contratados, es reco- mendable hacer las siguientes comprobaciones:

 

Agua

Abra todos los grifos de la vivienda y deje correr el agua suavemente durante 15 minutos para que desaparezca la suciedad que pudieran tener las tuberías. Verifique entonces el funcionamiento de todos los grifos y llaves de corte (caudal, goteo, fugas…). Compruebe el correcto funcionamiento, en carga y descarga, de las cisternas.

 

Electricidad

Compruebe el funcionamiento del interruptor diferencial. Para ello, pulse el botón de prueba y si no se dispara («salta») es que está averiado y, en consecuencia, usted no se encuentra protegido contra derivaciones. De igual manera, verifique que la corriente eléctrica llega a todas las tomas (enchufes) y que los interruptores accionan correctamente los puntos de luz (encendido y apagado).


 

Gas

Encienda, de una en una, la llama de los quemadores de los aparatos que tenga instalados la vivienda, después de abrir la llave de paso general situada junto al contador.

 

 

Una reclamación fuera de plazo podría dar lugar a su rechazo, por considerar que los defectos apuntados fuesen debidos al mal uso de elementos e instalaciones.

 

 

OCUPACIÓN EFECTIVA DE LA VIVIENDA

 

  

1.            Enchufe de 25 A circular.

 

 

2.            Enchufe de 25 A cuadrado.

 

 

 

3.            Enchufe de 16 A.

 

 

Una vez realizadas todas estas operaciones a las que nos hemos referido, su vivienda estará preparada para recibir los muebles y aditamentos con los que usted ha pensando dotarla. Permítanos hacerle algunas recomendaciones:

 

 

Aparatos eléctricos

¬ Si tiene que instalar aparatos eléctricos, asegúrese de que se conectan en las tomas de corriente que corresponden a cada uno. Así, por ejemplo:

Cocina y horno eléctrico, en la de 25 A. Lavadora y lavavajillas, en las de 20 A. Alumbrado, en las de 10 A.

Otros usos (frigorífico, aspiradora, etc. en las de 16 A).

(Ver algunos de los tipos existentes en las fotografías 1, 2 y 3).

 

 

Para comprobar que la conexión es correcta, accione en cada caso el PIA (Pequeño Interruptor Automático) correspondiente del cuadro de protección individual

 

  

11. Cuadro de protección individual: A. Pequeños interruptores automáticos (PIA). B. Interruptor automático diferencial (IAD). C. Botón de prueba. D. Alojamiento del interruptor de control de potencia (ICP).

 

 

Iluminación

Un asunto que deberá plantearse en cuanto ocupe su vivienda será el de la iluminación de los espacios en función de sus propias necesidades y de sus gustos al respecto. Según el problema de iluminación que se pretenda resolver, es conveniente pensar en distintos tipos de alumbrado:

 

¬ Alumbrado básico: es la fuente principal para la iluminación de una habitación. En la mayoría de las viviendas hay apliques en los techos; pero estos causan sombras y brillos. Una luz más suave y general crea un alumbrado más agradable.

¬ Alumbrado de trabajo: para determinados tipos de actividades, como cocinar, leer, por ejemplo, se requiere una luz más intensa. Con este fin, se utilizan pantallas que dirijan el haz de luz hacia la zona de trabajo.

¬ Alumbrado decorativo: la luz también se utiliza para producir un efecto estético. Cuantos más puntos de luz instale, tanto mayor será la flexibilidad de la iluminación.

 

Estos tipos de alumbrado se consiguen instalando el necesario número de focos de luz.

Existen en el mercado diferentes tipos de alumbrado, con globos transparentes, blancos o de suaves matices, de distintas formas y tamaños, que se pueden clasificar en:

 

Bombillas comunes o incandescentes. Se denominan así precisamente porque incorporan en el interior de su ampolla un filamento, el cual al paso de la electricidad se calienta (se pone incandescente) proporcionando más o menos luz, según la potencia deseada.

Emiten una iluminación cálida reproduciendo, de forma excelente, todos los colores.

Aunque son realmente baratas, sin embargo, su consumo de energía suele ser elevado; por otro lado, su duración en horas de vida también es relativamente corta (aproximadamente 1.000 horas).

 

 

Si tiene que instalar aparatos eléctricos, asegúrese de que se conectan en las tomas de corriente que corresponden a cada uno.

 

Son aconsejables para usos esporádicos, tales como pasillos, interiores de armarios, recibidores, etc. Debido a su ampolla transparente, este tipo de lámparas siempre es aconsejable utilizarla apantallada para evitar que nos moleste la visión.

 

Lámparas halógenas. Podemos decir que se dividen en dos grupos, las que precisan transformador (normalmente ya viene incorporado en el aparato equipado con este tipo de lámparas), y las de última genera- ción, que no lo necesitan.

En el primer grupo, están englobadas las cápsulas y las minirreflectoras (dicroicas).

El segundo, de más reciente aparición, lo forman las denominadas de doble envoltura o las de tipo parreflectoras, y se instalan como una bombilla convencional, además pueden ser manipuladas con los dedos sin ningún problema.

La cualidad de todas las halógenas es su luz blanca y brillante, su duración es superior a las bombillas convencionales y su calidad no decrece con el tiempo.

Son aconsejables para el alumbrado decorativo, en lámparas de pie o para el resalte de todo tipo de objetos. Su potente luz hace que se puedan utilizar con excelentes resultados como alumbrado indirecto en el bañado de paredes y techos, y en tareas como coser, leer …

 

Alumbrado fluorescente. Este tipo de iluminación es realmente rentable, comparado con la incandescencia convencional llega a economizar hasta el 80% en energía, y cuentan con una duración casi 10 veces superior.

Es importante tener en cuenta que existen en el mercado distintos fluorescentes, dependiendo del lugar a iluminar, determinándose así, la utilización de una u otra lámpara.

Donde sea importante la reproducción de los colores, por ejemplo: en la cocina, sala de estudio o zonas de descanso, debemos usar fluorescentes de luz cálida; estos son un poco más caros pero a la corta compensan, ya que aportan al entorno un alto grado de confortabilidad, evitando en la piel ese color frío y blanquecino que dan los tubos corrientes. En zonas de paso, exteriores, garajes, escaleras, etc. podemos usar fluorescentes de luz estándar.

Son aconsejables para dar luz a aquellos lugares donde precise una ilu- minación semipermanente o con más de 4 horas de uso diario: coci- nas, pasillos, entradas, garajes, baños, zonas de trabajo y estudio, etc.

 

Bombillas ahorradoras. Donde cabe una bombilla normal, cabe una ahorradora. Tienen una duración aproximada de 9 años (10.000 horas de vida) llegando a economizar hasta el 80% de energía eléctrica, aunque su coste de adquisición es bastante mayor. Son ideales para lugares donde se necesite más de 2 horas diarias de encendido, tanto en el interior como en el exterior. Por su bajo coste pueden permanecer encendidas y actuar como luz de vigilancia en pisos y chalets, en ausencias continuadas.

 

 

Más del 20% del recibo de electricidad se lo lleva el apartado de alumbrado. Por lo que si elige bien su iluminación se lo agradecerá su vista y su bolsillo.

  

Comparativo de equivalencias

 

Bombilla ahorradora de           Equivale a una normal de

9 vatios                40 vatios

11 vatios              60 vatios

15 vatios              75 vatios

20 vatios              100 vatios

23 vatios              120 vatios

 

Antes de decidirse por cualquiera de estos productos:

¬ Asesórese convenientemente y no olvide que más del 20% del recibo de electricidad se lo lleva el apartado de alumbrado. Por lo que si elige bien su iluminación se lo agradecerá su vista y su bolsillo.

 

Además de lo dicho hasta aquí con carácter general, le hacemos las siguientes recomendaciones para la iluminación de diferentes espacios de su vivienda:

 

¬ Entradas, vestíbulos y pasillos: es muy acertado disponer una iluminación central, no demasiado potente, con bombillas in- candescentes y ampollas opalizadas. También se puede obtener iluminación indirecta «escondiendo» en molduras próximas al techo, tubos fluorescentes; o con lámparas halógenas orientadas, dentro de apliques murales.

¬ Salón–comedor: la mejor solución será una combinación de varias fuentes de luz. Se puede pensar en un alumbrado general y en complementos de gran flexibilidad (apliques de pared o lámparas de pie). En techos o paredes se pueden utilizar bombillas halóge- nas. Un foco de luz suave cerca del televisor causa menos fatiga a los ojos. Con bombillas de suaves tonalidades se puede conse- guir un ambiente relajante.

¬ Dormitorios: la luz del dormitorio debe ser cálida y agradable, disponiendo de un suave alumbrado general y de focos de ilumi- nación acentuada para la lectura en la cama. Las bombillas de to- nalidades suaves le proporcionarán un ambiente agradable.

¬ Cocina: debido a la continua manipulación de alimentos, en la cocina se precisa una adecuada cantidad y calidad de iluminación. Un buen alumbrado ayudará, además, a mantener la seguridad y el confort. Una luz directa con tubos fluorescentes adosados al techo y situados en la zona central, será siempre necesaria; pero piense que tendrá que resolver además, la iluminación de varios puntos de trabajo: la encimera, el «fogón», la mesa…

¬ Cuartos de baño: para el ambiente general es conveniente colocar un plafón en el techo con bombillas blancas. Para el espejo se necesita mucha luz y poca sombra: por ello se recomiendan bombillas opalizadas o soportes (para colocar las correspondientes bombillas) que dispongan del cristal opal.

 

Bombonas de gas

Si va a utilizar bombonas de gas butano, le suponemos informado de la forma de instalarlas. Pero, por si no fuera así, consulte las instrucciones que figuran en el apartado de «Gas butano o propano envasado» de la Parte 2 de este Manual.

 

Amueblamiento

Se recomienda prestar atención a algunos de los aspectos del amueblamiento de su vivienda:

•             Evite la ubicación de muebles en zonas próximas a los huecos de fa- chada que supongan un potencial riesgo de escalada por los niños.

•             Tenga también en consideración posibles sobrecargas de peso que puedan transmitir los muebles y su contenido a los forjados (vea a tales efectos el apartado «Estructura» de la parta 2 de este Manual).

PUESTA EN MARCHA DE LA COMUNIDAD

De análoga manera a como se ha expuesto para las viviendas, es necesario poner en funcionamiento el edificio con sus instalaciones comu- nitarias y la comunidad de propietarios como entidad que agrupa a todos los usuarios. Aquí le recordamos las actuaciones que deben llevarse a cabo para iniciar el funcionamiento de la comunidad:

¬ Comprar un libro de actas (si antes no se lo han proporcionado) y legalizarlo en el Registro de la Propiedad que corresponda, según la zona en que esté ubicado el edificio.

¬ Solicitar el N.I.F. en la Delegación Provincial de Hacienda.

 

(Antes de dar los siguientes pasos, recomendamos la lectura del apartado «Comunidades de propietarios» del Anexo 1 de este Manual).

 

¬ Convocar la Junta de Constitución.

¬ Nombrar a los cargos rectores.

¬ Aprobar el presupuesto de gastos para la anualidad en curso.

¬ Fijar las cuotas de participación de cada propietario.

¬ Facultar al Presidente o Administrador para formalizar la contratación de los servicios comunes correspondientes.

 

En relación con este último aspecto (contratación de los servicios comunes), bueno será repasar lo que ya hemos dicho en el apartado

«Altas, permisos y autorizaciones». Por su especial relevancia, vamos a referirnos aquí a la:

PUESTA EN MARCHA DE LOS ASCENSORES

 

En el caso de que el ascensor haya sido dado de alta por el promotor y por tanto, inscrito en el registro de aparatos elevadores con el número correspondiente, el ascensor contará con la autorización de puesta en funcionamiento, expedida por la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de Industria; por lo que sólo será necesario efectuar el cambio de titularidad del aparato para ponerlo a nombre de la comunidad de propietarios, a cuyos efectos deberá acudirse a la citada Delegación Provincial y presentar la copia de la autorización de puesta en funcionamiento referida que le habrá sido entregada por el promotor.

En el supuesto de que en el momento de la entrega del edificio no haya sido otorgada la autorización de funcionamiento del aparato y que su gestión corresponda a la comunidad de propietarios, ésta deberá presentar en la Delegación de Industria correspondiente, el pertinente contrato de mantenimiento suscrito por la comunidad de propietarios con la empresa autorizada y la justificación documental, que habrá sido entregada por el promotor, de que el instalador del aparato ha presen- tado en la mencionada Delegación Provincial de Industria el expediente técnico, la declaración de conformidad y las actas de ensayos relacionadas con el control final.

Es preciso aclarar que no es obligatorio que la empresa instaladora del aparato deba ser la misma que aquella con la que se contrate el mantenimiento y conservación, y que al vencimiento de cada contrato de mantenimiento puede cambiarse a otra empresa autorizada.

 

 

En próximas entregas se completará este intereantes Manual General

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